💰 XXII | Información Relativa a la Deuda Pública
📖 Artículo 75° Fracción XXII Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur
Descripción: Los sujetos obligados deben publicar y actualizar la información sobre obligaciones o empréstitos que constituyan deuda pública y deuda externa, conforme a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las constituciones estatales, la Ley General de Deuda Pública, la Ley de Coordinación Fiscal Federal y demás normativas aplicables.
📌 Información a publicar:
- 📑 Detalle de financiamientos: Datos de todos los créditos contratados.
- 📊 Movimientos de deuda: Modificaciones, pagos y saldos actualizados.
- 📜 Normatividad aplicable: Referencias a leyes y reglamentos relacionados.
- 📅 Periodicidad: Información actualizada de manera trimestral.
- 📂 Transparencia: Datos accesibles en los portales electrónicos de los sujetos obligados.
🏛️ Obligación de Publicación:
Todos los sujetos obligados deben publicar la información reportada a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre financiamientos contratados y sus movimientos, de acuerdo con el Artículo 28 de la Ley General de Deuda Pública.
❌ No Aplica:
📢 Si el sujeto obligado no tiene facultad para contraer deuda pública, deberá especificarlo con una leyenda fundamentada y actualizada según el período correspondiente.
Según el Dictamen de la Tabla de Aplicabilidad del ITAIBCS, esta fracción No Aplica si no se desprende facultad para adquirir deuda pública, conforme a lo dispuesto en el Artículo 34 de la Ley de Transparencia y el Artículo 2 de la Ley de Deuda Pública del Estado de Baja California Sur.