⚖️ XVIII | SERVIDORES PÚBLICOS CON SANCIONES ADMINISTRATIVAS
📖 Artículo 75° Fracción XVIII Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur
Descripción: Los sujetos obligados publicarán la información relativa a los datos de los(as) servidores(as) públicos(as) y/o personas que desempeñen un empleo, cargo o comisión y/o ejerzan actos de autoridad en ellos, especificando las sanciones administrativas definitivas que han sido impuestas por los órganos de control correspondientes.
📌 Información mínima a publicar:
- 👤 Nombre del servidor público: Identificación del funcionario sancionado.
- 📅 Fecha de la sanción: Día, mes y año en que se impuso la sanción.
- ⚖️ Causa de la sanción: Motivo específico de la sanción.
- 📜 Disposición legal: Fundamento normativo de la sanción.
- 🚫 Tipo de sanción: Inhabilitación, amonestación, suspensión, destitución, etc.
- 📝 Duración de la sanción: Período de inhabilitación o sanción correspondiente.
📢 Esta información debe ser clara, actualizada y publicada conforme a la normatividad vigente.