🎁 XLIII | DONACIONES HECHAS A TERCEROS EN DINERO O EN ESPECIE
📖 Artículo 75° Fracción XLIII Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur
📑 Descripción: Los sujetos obligados publicarán la información relativa a las asignaciones que los entes públicos destinan por causa de utilidad social para otorgar donativos a instituciones no lucrativas. Estas pueden estar destinadas a actividades educativas, culturales, de salud, de investigación científica, de aplicación de nuevas tecnologías o de beneficencia, en términos de las disposiciones aplicables.
📂 Organización de la Información
- 📌 **Donaciones en dinero**: Se desglosará en un formato de tabla.
- 📌 **Donaciones en especie**: Se detallará la entrega de bienes a terceros.
- 🔗 **Hipervínculos**: Se incluirán enlaces a los contratos de donación, en caso de existir.