📑 XXXI | Informe de Avances Programáticos o Presupuestales
📖 Artículo 75° Fracción XXXI Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur
Descripción: Todos los sujetos obligados deben publicar y actualizar la información financiera registrada en su Sistema de Contabilidad Gubernamental (SCG), en cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable.
📊 Información que debe publicarse:
- 📌 Avances programáticos y presupuestales.
- 📄 Balances generales (en su caso).
- 📈 Estados financieros e información contable generada conforme a las normas establecidas.
🏛 Normatividad aplicable:
- 📜 Ley General de Contabilidad Gubernamental.
- 📅 Acuerdo por el que se emite el Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental (DOF, 20 de agosto de 2009).
- 📊 Normas, estructura y formatos establecidos por el Consejo de Armonización Contable.
- 💰 Entrega de información a la SHCP, secretarías de finanzas y tesorerías municipales.
Todo lo anterior debe cumplirse conforme al artículo 51 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.